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Foto: CadenagramonteFoto: CadenagramonteMadrid, 28 jun.- El Tribunal Supremo (TS) de España confirmó el procesamiento por rebelión de 13 políticos secesionistas de Cataluña, por impulsar la independencia unilateral de esa comunidad autónoma del noreste del país en octubre de 2017.

Los magistrados del TS consideraron “suficientemente razonable” calificar los hechos como delito de rebelión, porque existió “un alzamiento con un uso torticero del poder para conseguir la independencia de Cataluña al margen de la ley”.

En su auto, la Sala de Apelaciones del Supremo rechazó así el recurso presentado por los acusados y, de paso, confirmó el procesamiento de los 25 encausados por el juez Pablo Llarena, que los investiga por los delitos de rebelión, malversación y desobediencia.

El TS reiteró la constatación de actos de violencia encaminados a la consecución de una finalidad, en este caso la celebración del referéndum de autodeterminación del 1ro de octubre de 2017, prohibido de antemano por el Tribunal Constitucional.

Según los magistrados, aunque el término “rebelión” evoca levantamientos militares, el artículo del Código Penal que lo recoge no exige “el empleo de armas”.

“Aunque la violencia debe estar necesariamente presente, cabe una rebelión sin armas”, subrayaron.

El fallo sitúa a esos presuntos actos de violencia en las protestas del 20 de septiembre en Barcelona y en la celebración del referendo.

A su modo de ver, los manifestantes y los votantes, alentados por los dirigentes separatistas, ejercieron “violencia” o “amenaza de violencia inmediata' contra los agentes que cumplían órdenes judiciales para impedir la consulta.

“Los ciudadanos pueden manifestarse en defensa de un determinado proyecto político en ejercicio de su libertad de expresión, pero no pueden alzarse pública y tumultuariamente con la finalidad de impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes”, enfatizó el TS.

Precisamente, el posible uso o no de la violencia en el proceso secesionista es una de las claves que analiza la justicia de Alemania para decidir sobre la entrega a España del expresidente de Cataluña, Carles Puigdemont.

A principios de abril, el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein desestimó la solicitud enviada por la Fiscalía germana de tramitar la extradición del cesado mandatario, en virtud de los delitos de rebelión y malversación que le imputa Llarena.

En su veredicto, la citada Corte consideró insostenible el delito de rebelión, al entender que no se cometió violencia de tal grado que tuviese capacidad para doblegar la voluntad del Gobierno español.

Además de Puigdemont, el juez instructor de la causa acusó de rebelión a su entonces vicepresidente, Oriol Junqueras, a siete consejeros (ministros) del destituido Ejecutivo regional y a la otrora titular del Parlamento autonómico Carme Forcadell.

La lista la completan Marta Rovira, secretaria general del partido soberanista Esquerra Republicana, y los líderes de las dos principales entidades civiles que respaldaron la ruptura con España, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. (Cadenagramonte)